A nivel nacional, las universidades, públicas o privadas, no deberán eliminar sus áreas de fumar si cumplen una serie de condiciones; entre ellas ubicarse, mínimo, a 10 metros de distancia de espacios confluidos entradas y salidas de inmuebles, pasillos, etcétera.
Luego de que este 15 de enero entrara en vigor la nueva reforma a la Ley Antitabaco, iniciaron una serie de restricciones para los fumadores. Les prohibieron encender cualquier producto de tabaco o nicotina en una serie de espacios, como terrazas de restaurantes u hoteles, en centros de trabajo e instituciones educativas.
No obstante, en cuanto a las escuelas, el reglamento permite zonas exclusivas de fumadores mientras sigan ciertas condiciones. En primer lugar, no deberán permitirle el acceso a menores de 18 años y deberá de colocarse un señalamiento para advertirle a mujerez embarazadas, adultos mayores o cualquier persona enferma los riesgos de permanecer ahí.
Además del mencionado distanciamiento, otros requisitos son que no represente un paso obligatorio para dirigirse a otro edificio, que no supere el 10% del espacio total de las instalaciones y que, por consiguiente, se encuentre alejada e incomunicada el resto de los espacios.
La coordinadora de Vinculación Académica de la Facultad de Filosofía y Letras (FFyL), Karla Chairez, aseguró que el campus I de la Universidad Autónoma de Chihuahua (UACH) cumple los lineamientos establecidos por la Ley. Además de localizarse en áreas abiertas —mencionó—, las áreas de fumar superan los 10 metros reglamentarios y no ofrecen ningún tipo de incentivo para consumir tabaco.