Chihuahua

Pide Rosy Gaytán controversia constitucional vs contrato de planta tratadora de JMAS

La Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Rosa Isela Gaytán Díaz, pidió que la Presidencia del Congreso del Estado de Chihuahua, presente la controversia constitucional contra el contrato a largo plazo de inversión pública para la Junta Municipal de Agua y Saneamiento.

En este tenor, afirmó que el decreto LXV/AUPIP/0881/2018 XVIII P.E. en cuestión, se aprobó y entró en vigor el pasado 30 de septiembre del presente año, por lo que solamente se cuenta con un plazo de 30 días para poder interponer la controversia constitucional, misma que vence el siguiente 30 de octubre.

Explicó que en el Artículo 4, párrafo sexto, reconoce el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para el consumo personal o doméstico, y exhorta a los Estados y las organizaciones internacionales a que proporcionen recursos financieros, a fin de intensificar los esfuerzos por proporcionar a toda la población un acceso económico al agua potable y a su saneamiento.

“Está muy claro que se viola la Constitución Federal con el decreto en cuestión y con el que se le autorizó a la Junta Municipal de Agua y Saneamiento de Chihuahua, el poder celebrar un contrato de inversión pública a largo plazo, situación que violenta el espíritu constituyente permanente, ya que el artículo 5 de la Ley de Proyectos de Inversión Pública a Largo Plazo no lo permite”, dijo.

La Legisladora priista determinó que también, en los artículos 42 y 43 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, afirmaba que la administración pública estatal, por sectores definidos, deberá de dar cumplimiento de las disposiciones como lo son: acceso, disposición y saneamiento del agua.

“La JMAS no está facultada para celebrar contratos de inversión pública a largo plazo y por lo que deberá ser la misma junta, quien debe de brindar el servicio y en el modelo que se planeó en dicho proyecto, se entrega a un particular el servicio de tratamiento de aguas residuales”, apuntó Gaytán Díaz.

Cabe mencionar que el decreto LXV/AUPIP/0881/2018 XVIII P.E., consiste en reformar el párrafo tercero del artículo 1ero y adicionar a la fracción V del artículo 6to un segundo párrafo, ambos de la Ley del Agua del Estado de Chihuahua y fue aprobado por unanimidad de votos por la anterior legislatura del Congreso.

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