Estados Unidos exigirá a todos los y las visitantes internacionales que realicen un examen de COVID-19 tres días antes de abordar aviones que se dirijan al país, según informó el martes la embajada estadounidense en México.
Luego de que los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) agregaran como requisito para ingresar a EU tener una prueba negativa, te contamos los detalles.
1. A los y las pasajeras que quieran trasladarse vía aérea a EU se les solicitará proporcionar documentación en papel o en formato electrónico que acredite que se han realizado una prueba viral y que el resultado ha sido negativo, dentro de los tres días anteriores al vuelo.
2. En un segundo caso, deberán proporcionar documentación que acredite que se han recuperado del coronavirus.
3. Los papeles solicitados pueden ser un test de Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) o de antígeno viral.
4. Dichos análisis deberán presentarse ante la aerolínea que corresponda antes de abordar, por lo que las aerolíneas podrán negar el acceso a quienes no proporcionen documentos.
5. Los CDC recomiendan a los y las viajeras que se realicen otra prueba viral entre los tres y cinco días luego de haber llegado a EU. También deberán permanecer en casa por siete días tras cualquier viaje.
6. La solicitud del test de COVID-19 aplica también a los ciudadanos y residentes legales que ingresen a EU.
7. La orden del CDC, así como los nuevos requisitos, estarán vigentes a partir del 26 de enero de 2021.
8. La orden de los CDC incluye a vuelos privados y vuelos en general.
9. En caso de llegar a EU por vuelo directo, la prueba de COVID debe realizarse tres días antes de la salida de la o el viajero. En caso de llegar con uno o más vuelos de conexión, la prueba debe hacerse en los tres días anteriores al primer vuelo del itinerario.
10. Los ciudadanos extranjeros no podrán ingresar a EU si en los últimos 14 días estuvieron en los países que EU tiene en lista de prohibición de entrada, estos son: China; Irán; Reino Unido; República de Irlanda, Brasil y Espacio Schengen de Europa (incluye a Alemania, Austria, Bélgica, Ciudad del Vaticano, Dinamarca, Estonia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, San Marino, Suecia y Suiza).