La coordinadora de la bancada de Movimiento Ciudadano en el Congreso, Rocio Sarmiento Rufino presentó una iniciativa con carácter de decreto, a fin de reformar los artículos 123 y 125 del Código Penal del Estado de Chihuahua, a efecto de modificar la penalidad respecto al homicidio simple intencional y el homicidio agravado por razón de parentesco.
Dicha iniciativa comprende la armonización de los tipos penales de homicidio simple intencional, y homicidio por agravado por parentesco estableciendo que no se presente minimizar ni aumentar penas si no que esté acorde para la aplicabilidad de la norma y se cumpla con el objetivo de la sanción.
”Estamos proponiendo que el homicidio simple intencional tenga privativa de libertad como mínima de 10 años y como máxima de 25 años. Y que el homicidio agravado por razón de parentesco tenga una pena mínima de 12 años y máxima de 30 años”. Comentó la legisladora.
Por último la diputada reiteró que la presente iniciativa no es con fin de agudización de la pena sino una armonización de en la imposición de las penas establecidas para los diversos tipos penales de homicidio.
Esta iniciativa quedó de la siguiente manera:
ARTÍCULO 123. A quien prive de la vida a otra persona, se le impondrá de diez a veinticinco años de prisión. Se entenderá la pérdida de la vida en los términos de la Ley General de Salud.
ARTÍCULO 125. A quien prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, adoptante o adoptado, cónyuge, concubina o concubinario u otra relación de pareja permanente, se le impondrá prisión de doce a treinta años. Si faltare el conocimiento de la relación, se estará a la punibilidad prevista para el homicidio.