El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por mayoría declarar improcedente la solicitud de un ciudadano para aplicar un proceso de revocación de mandado al gobernador de Chihuahua, Javier Corral.
De acuerdo con los magistrados del máximo órgano de justicia electoral, la petición fue presentada cuando la Ley de Participación Ciudadana de esa entidad no se encontraba vigente en el momento en que el mandatario panista fue electo, en 2016.
El 25 de marzo, el ciudadano Óscar Humberto González presentó una solicitud ante el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para la revocación de mandato contra el gobernador Javier Corral, pero el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua rechazó la petición, la cual ayer fue confirmada por la Sala Superior del TEPJF.
Los magistrados argumentaron que la propuesta ciudadana “vulneraría el principio de retroactividad, ya que el gobernador de Chihuahua fue electo de manera previa a la inclusión de esa procedimiento de participación ciudadana en la Constitución del estado”.
Corral fue electo el 5 de junio de 2016 por un periodo de cinco años, pero el 23 de junio de 2018 se publicó la Ley de Participación Ciudadana, que incorporó a la legislación local la revocación de mandato.
La petición ciudadana fue rechazada por el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y confirmada por el Tribunal Estatal Electoral, pero el procedimiento fue impugnado por el PRI y Morena, así como por un grupo de ciudadanos.
Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó ayer que es improcedente iniciar un procedimiento de ese tipo.
En sesión pública, las magistradas y magistrados sostuvieron que los agravios descritos en la demanda no controvirtieron de manera directa los argumentos que sustentaron la sentencia emitida por el Tribunal local, por lo que se determinó confirmar dicha sentencia.