*Con el uno por ciento de las Participaciones, se crea el Fondo Estatal de Apoyo a Estancias Infantiles Públicas de Chihuahua (FEEIPCH)
*Solo este año, el apoyo federal que dejarán de recibir se estima en 77 millones de pesos
El diputado Omar Bazán presentará hoy reformas a la Ley de Coordinación Fiscal para que, con recursos del Fondo General de Participaciones, el Gobierno del Estado destine recursos de manera inmediata para el rescate de las estancias infantiles.
Según explicó el legislador priista, sólo este año las estancias públicas infantiles dejarán de recibir del gobierno federal recursos por 77 millones de pesos.
Con la reforma a la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Chihuahua y sus Municipios, se podrá destinar el uno por ciento del Fondo General de Participaciones a las estancias infantiles.
En el proceso participarán las Secretarías de Hacienda y de Desarrollo Social del Gobierno del Estado.
La primera operará el llamado Fondo Estatal de Apoyo a Estancias Infantiles Públicas de Chihuahua (FEEIPCH) canalizando los recursos a los ayuntamientos que no sean beneficiarios de subsidios o recursos federales extraordinarios y la segunda dependencia determinará las reglas de operación.
Entre los criterios a incorporar, explicó Bazán Flores, destaca el registro de infantes beneficiarios en el municipio del año inmediato anterior con el incremento de la última tasa de crecimiento poblacional publicada por el COESPO y el último número de estancias infantiles inscritas en el Padrón Estatal.
El también dirigente estatal del PRI dijo que el gobierno federal al haber retirado el apoyo a las estancias infantiles especializadas, redirigiéndolo como un programa asistencialista directo, puede resultar interesante en el papel, “pero en la práctica está desarticulando a dichos organismos que atienden situaciones muy específicas.”
“Las estancias infantiles se volvieron un pilar de la sociedad pues abrieron sus puertas con la certeza de que los niños son atendidos por personal especializado”, añadió el legislador.
Buscamos otorgar garantías tanto a las prestadoras del servicio de Estancias Infantiles, como a los y las trabajadoras en la búsqueda y permanencia de un empleo, lo cual es su derecho y una obligación del Estado.
Dijo que las aportaciones que dejó de otorgarles el gobierno del presidente López Obrador pudieran no significar un monto considerable del presupuesto, pero el trastorno social generado por esta decisión sí es notable y difícil de afrontar.
Al cerrar las estancias infantiles por la falta del 50% de su capital operativo, las familias nuevamente se ven en la situación de que alguien tiene que cuidar a los infantes, lo cual limita la capacidad productiva de la unidad familiar, merma el ingreso obtenido e impide afrontar los compromisos adquiridos previamente.
En el estado de Chihuahua existen 213 estancias infantiles con un aproximado de 6 mil ochocientos niños que van en edades de 1 a 2 años.
Los menores contaban con una beca o un subsidio de 950 pesos mensuales y niños con discapacidad tenían 1 mil 800 que ahora el Gobierno Federal redujo a la mitad sin tener justificación para ello.
Recordó Omar Bazán que semanas atrás presentó un punto de acuerdo de urgente resolución para que el Congreso local pidiera al presidente de México se revisara y devolviera el presupuesto a estancias y guarderías infantiles.
Después un amparo donde se reclamó la omisión de contemplar una partida suficiente y necesaria en el Presupuesto asignado para el Programa de Estancias Infantiles para Apoyo a Madres Trabajadoras, contenido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019.
Es decir, que el Programa de Estancias Infantiles para Apoyo a Madres Trabajadoras, no sufriera regresión presupuestal y la omisión de dar aviso a los padres de familia beneficiarios, precisó.
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se adiciona la fracción VI al artículo 29 y los artículos 36-1, 36-2, 36- y 36-4 a la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Chihuahua y sus municipios, para quedar redactada de la siguiente manera:
ARÍCULO 29. Además de las participaciones del Fondo de Participaciones Municipales a que se refiere el artículo anterior, los municipios percibirán participaciones de los siguientes conceptos:
A la V…
El 1% de los ingresos que reciba el Estado por concepto del Fondo General de Participaciones, distribuido entre los Municipios en los términos del artículo 36-1 de esta Ley.
ARTÍCULO 36-1 Se crea el Fondo Estatal de Apoyo Estancias Infantiles Públicas de Chihuahua (FEEIPCH), con cargo al 1 % del Fondo General de Participaciones que reciba el Estado durante el ejercicio fiscal en curso.
En el Presupuesto de Egresos del Estado, de cada ejercicio fiscal, se hará la distribución de los recursos que integren este Fondo, entre los distintos municipios que no sean beneficiarios de subsidios o recursos federales extraordinarios, destinados exclusivamente a la atención de Estancias Infantiles.
ARTÍCULO 36-2. El Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Hacienda, entregará a los Municipios beneficiarios, el Fondo Estatal de Apoyo Estancias Infantiles Públicas de Chihuahua (FEEIPCH), con base en los criterios de elegibilidad y la prelación que determine en las reglas de operación del mismo Fondo la Secretaria de Desarrollo Social.
Para los efectos previstos en el artículo anterior, se utilizarán criterios que incorporen, cuando menos: el registro de infantes beneficiarios en el municipio del año inmediato anterior con el incremento de la última tasa de crecimiento poblacional publicada por el COESPO y el último número de estancias infantiles inscritas en el Padrón Estatal.
La información relacionada con las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución y el resultado de su aplicación por cada Municipio, deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado en los términos del artículo 48 de esta Ley.
Los acuerdos celebrados entre la Secretaria de Hacienda, la Secretaria de Desarrollo Social y los Municipios, deberán firmarse en un término no mayor a noventa días naturales, contados a partir de la publicación del resultado de la aplicación de las fórmulas y variables mencionadas con anterioridad.
Este Fondo se enterará por la Secretaría de Hacienda a los Municipios, de manera ágil y directa.
ARTÍCULO 36-3. Los Municipios beneficiarios deberán informar a sus habitantes trimestralmente y al término de cada ejercicio fiscal, la aplicación del Fondo Estatal de Apoyo Estancias Infantiles Públicas de Chihuahua (FEEIPCH), a través de la página oficial de Internet correspondiente y/o de otros medios de divulgación o comunicación. Lo anterior, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y conforme a los formatos aprobados por el Consejo Nacional de Armonización Contable.
ARTÍCULO 36-4. Los municipios que incumplan con las obligaciones que derivan de lo establecido en el artículo que antecede, no podrán acceder a los recursos Fondo Estatal de Apoyo Estancias Infantiles Públicas de Chihuahua (FEEIPCH), sino hasta el ejercicio fiscal posterior, y siempre y cuando exista dispensa previa del Consejo Estatal de Seguridad Pública.
Los Municipios que resulten beneficiarios e incumplan con lo establecido en el artículo anterior y/o el acuerdo celebrado para el ejercicio del fondo, perderán el recurso asignado.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SEGUNDO.- El Ejecutivo Estatal para los efectos del ejercicio fiscal 2019 deberá ajustar el ejercicio presupuestal respectivo a fin de proveer en la esfera administrativa lo necesario para la creación de este fondo.
ÚNICO.- La Sexagésima Sexta Legislatura del Estado de Chihuahua exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, C. Javier Corral Jurado, para que en uso de sus atribuciones y facultades destine de manera inmediata los recursos necesarios para la creación del fondo especial de rescate a estancias infantiles 2019.