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Ahora si va! La nueva Ley para la asignación de publicidad oficial

Por Antonio Mirón.

Con dos años ya al frente del Gobierno del Estado, Javier Corral Jurado ha comentado entre sus más cercanos colaboradores que “ahora sí” este 2019 la “Iniciativa de Ley para la asignación de publicidad oficial va” y se empeñará en cabildear como en sus mejores tiempos con los legisladores de todos los partidos políticos, con los dueños de los medios de comunicación, con los sujetos obligados y con los periodistas.

Hace ya varios meses que la Iniciativa se encuentra de manera oficial en el Poder Legislativo y llegó a mis oficinas un ejemplar “para el análisis”; interesante documento que tratará de enderezar una nueva relación entre los medios de comunicación y el poder público.

“En la actualidad, la asignación discrecional de la publicidad oficial a los medios de comunicación continua siendo el principal medio de censura indirecta en México. Los recursos institucionales de publicidad oficial son utilizados para solventar todo un sistema de propaganda para la desinformación pública, de manipulación informativa y, sobre todo, de promoción personalizada de servidores públicos”, argumenta el gobernador de Chihuahua.

“Las presiones a medios de comunicación ejercidas mediante la asignación o el retiro de  pauta publicitaria estatal han cobrado notoriedad pública en los últimos tiempos, aunque no se trata de un mecanismo novedoso de interferencia estatal, se ha colocado a la publicidad oficial en el centro de un debate que tiene por eje la relación del gobierno con los medios de comunicación y por ende, la libertad de expresión de todas las personas”, afirma Javier Corral.

Agrega “en este caso, la sociedad ha expresado su malestar no sólo por los montos millonarios que en estos rubros se aplican frente a las necesidades económicas de miles de mexicanos, sino por la superficialidad y saturación que poco abona a los objetivos que originalmente se pensaron para esta importante forma de información a las personas; la falta de regulación en esta materia se traduce en despilfarros indiscriminados de recursos que se ejercen sin control y que año con año se incrementan sin justificación alguna. Las lagunas legales continúan permitiendo que todos los niveles de gobierno ejerzan una indebida influencia en la línea editorial de los medios a través de la asignación de publicidad oficial”.

Sin duda el debate será profundo y con temas de gran interés; aquí abordare solo algunos:

Serán sujetos obligados de los preceptos de esta Ley:

El Poder Ejecutivo del Estado, el Poder Judicial del Estado, el Poder Legislativo del Estado, así como sus integrantes tanto en lo individual como en grupos parlamentarios, comisiones legislativas o cualquier forma de agrupación; los municipios del Estado y sus dependencias, las entidades de la administración Pública paraestatal o paramunicipal y todas aquellas personas físicas o morales de carácter privado o social que asignen recursos públicos en el rubro de Publicidad Oficial. (Título I, Capitulo Único, Artículo 3).

Se conformará un Consejo Consultivo para la Evaluación y Seguimiento de la Publicidad Oficial, que trabajará en colaboración con la Secretaría Administradora de cada sujeto obligado, como un órgano plural de representación social, conformado por cinco personas, quienes deberán contar con un amplio y reconocido prestigio profesional, en el campo de los medios de comunicación y /o transparencia. (Título VI, Capitulo Único, Artículo 54).

Se clasifica claramente a los medios; entre ellos, medios digitales, medios electrónicos, medios impresos, medios de comunicación masiva, medios públicos y medios sociodigitales.

Se crea la figura de Unidad para la Asignación de Publicidad Oficial de un sujeto obligado.

El presupuesto asignado por conceptos de gastos de publicidad oficial no podrá exceder del 0.5 por ciento del Presupuesto de Egresos aprobado por el Poder Legislativo en el ejercicio fiscal que corresponda. (Título II, Capitulo II, Artículo 19).

La asignación y contratación de publicidad oficial se realizará considerando los parámetros de cobertura geográfica y formato del medio, tarifas, circulación, raiting y métricas de usuarios web, así como público objetivo, con el propósito de garantizar el acceso y la difusión de la información, de acuerdo con el propósito y características de cada campaña. (Título II, Capítulo III, Artículo 23).

La asignación y contratación de espacios publicitarios se realizará únicamente en aquellos medios de comunicación masiva que cumplan con los siguientes requisitos:

Estar registrados previamente en el Padrón Estatal, tener un Código de Ética que incluya los mayores estándares internacionales establecidos por la UNESCO, así como mecanismos claros para su cumplimiento; contar con un defensor del lector o un defensor de las audiencias; poseer un mecanismo para garantizar el derecho de réplica; utilizar al menos veinte por ciento de los ingresos de publicidad oficial en la capacitación, actualización y profesionalización de sus periodistas y del personal involucrado en la generación de contenidos, así como en salarios y prestaciones que permitan elevar su calidad de vida y garantizar al personal el ejercicio del derecho a la seguridad social y otorgamiento de las prestaciones mínimas establecidas en la Ley Federal del Trabajo.(Título II, Capitulo IV, Artículo 25).

FUNDAR, Centro de Análisis e Investigación, reveló que durante los sexenios de Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, se hicieron gastos multimillonarios en publicidad gubernamental.

En el estado de Chihuahua, desde el Gobierno de Francisco Barrio, hasta el de César Duarte la inversión en medios fue creciente; hasta llegar a los 1,200 millones de pesos anuales.

Hay un gran reto para los legisladores, sin duda el centro del debate debe ser la libertad de expresión, el derecho a la información, pero no descuidar la profesionalización,  salarios y prestaciones para los periodistas y el reconocimiento a la libre empresa periodística.

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