En sesión del TEE se resolvieron 05 expedientes, entre ellos, los relacionados con las sustituciones de las consejeras presidentas de las Asambleas Electorales de Meoqui y Ojinaga.
· El TEE impuso una sanción económica al Partido Morena por faltar a su deber de cuidado respecto de los actos anticipados de campaña en los que incurrió su candidato a la Presidencia Municipal en Guachochi.
Este lunes, en sesión pública del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE), se resolvió el juicio de la ciudadanía de clave JDC-188/2024 promovido por la Presidenta de la Asamblea Municipal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE) en Meoqui, en contra del acuerdo de medidas cautelares emitido por el Director Jurídico del referido Instituto, por el que la suspendió de su cargo por la supuesta vulneración al principio de imparcialidad.
Al respecto, el Pleno del TEE consideró que tenía razón la actora cuando señaló que el Director Jurídico del IEE no contaba con las atribuciones para suspenderla de su cargo, por lo que, revocó el acuerdo impugnado, dejando sin efectos las actuaciones derivadas de ese acto y ordenó la inmediata reinstalación de su cargo.
En este mismo orden de ideas, se resolvió el recurso de apelación de clave RAP-195/2024 promovido por el PAN en contra de la determinación del Consejo Estatal del IEE, por el que se sustituyó a las Consejeras Presidentas de las Asambleas Municipales de Ojinaga y Meoqui, con motivo del acuerdo de medidas cautelares dictado por el Director Jurídico de dicho Instituto, en el que se ordenó la suspensión del ejercicio de su cargo.
Al respecto, este órgano jurisdiccional consideró, por un lado, que debía sobreseer la demanda respecto de la Consejera de la Asamblea Municipal de Meoqui, pues previamente ya existía una determinación en el juicio de clave JDC-188/2024, asimismo, que el Director Jurídico no tiene atribuciones para suspender consejerías electorales, por lo que ordenó la inmediata reinstalación de la Consejera Presidenta de la Asamblea Municipal de Ojinaga.
Además, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador de clave PES-025/2024, en el que determinó, que José Manuel Pizarro Salas cometió actos anticipados de precampaña y campaña, por lo que se le amonestó públicamente, asimismo, se le impuso una sanción económica al Partido Morena por faltar a su deber de cuidado respecto de los actos anticipados de campaña en los que incurrió su mencionado candidato a la Presidencia Municipal en Guachochi.
Por otra parte, en el expediente REP-193/2024 una mujer trans impugnó el acuerdo del Secretario Ejecutivo del IEE, que desechó su demanda, por supuestos actos de violencia política en razón de género en su contra derivado de una publicación que a su dicho es ofensiva en un perfil de Facebook, así como por las lesiones de violencia que sufrió su mascota en distinta fecha.
Al respecto el TEE confirmó la decisión de dicha autoridad administrativa, por la falta de pruebas, así como, ordenó que las medidas de protección de seguridad implementadas por el IEE continuarán hasta que la Fiscalía General del Estado lo decidiera.
Finalmente, el Pleno del Tribunal desechó el juicio de la ciudadanía 189 de 2024, debido a que la materia de la controversia estuvo relacionada con el Procedimiento Especial Sancionador 183 de este año, el cual fue resuelto por el TEE, además de que la determinación controvertida no le causa afectación a sus derechos.