23 de abril de 2024. Luego del análisis de diversas iniciativas por parte de la Comisión de Justicia, el Poder Legislativo de Chihuahua, determinó derogar diversos artículos del Código Penal, referente a los Criterios de Individualización; envió una iniciativa al Congreso de la Unión, para reformar la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de atención médica a los ingresados en los centros de reinserción social y solicitó a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno de México, la instalación de un nuevo Centro de Reinserción Social Federal en la entidad.
En el primero de los casos, la derogación de los artículos 65, 67, y 69 del Código Penal, referente a los Criterios de Individualización, obedece a que han producido una gran confusión en los operadores del sistema penal, resaltando que, al crearse el Código Nacional de Procedimientos Penales, se estableció en el artículo 410 la regulación de los criterios de individualización, el cual, en su artículo Cuarto Transitorio, estableció la derogación tácita de preceptos incompatibles.
Por lo que, al estar regulados los criterios de individualización en ambos instrumentos jurídicos, se crea confusión y se está produciendo una incompatibilidad.
Con respecto a la iniciativa al Congreso de la Unión, para reformar el artículo 34 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de atención médica, el Legislativo local consideró que se debe visibilizar la obligatoriedad que tienen las autoridades penitenciarias de garantizar la atención psicológica y psiquiátrica oportuna a la población que se encuentre privada de su libertad por alguna resolución jurisdiccional.
Finalmente, el Congreso del Estado determinó emitir un acuerdo, mediante el cual, se solicita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno de México, la instalación de un nuevo Centro de Reinserción Social Federal en la entidad; y al Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, traslade a los centros federales de readaptación social, a las personas privadas de su libertad que se encuentren internas relacionadas con delitos del fuero federal.
Lo antes señalado, en razón de que, al mes de noviembre de 2022, existe una población privada de su libertad por alguna resolución jurisdiccional, tanto del fuero federal como el local, de 230,000 personas en 284 centros penitenciarios, de los cuales 132 presentaban una sobrepoblación.
Aunado a lo anterior, en 18 estados de la República, reportan una sobrepoblación que va desde el .45% hasta el 142%, de los cuales Chihuahua cuenta con una sobrepoblación del 20.52%.
En cambio, los 14 centros penitenciarios federales cuentan con espacios para 28,520 personas, con una ocupación de 18,855, es decir, a la fecha de referencia, la federación contaba con 9,665 espacios libres, cuando las entidades federativas, como Chihuahua, tienen una sobrepoblación penitenciara, de los cuales, 873 personas están internas por la comisión de delitos federales; esto es, la federación tiene espacio para auspiciar dignamente a las 873 personas privadas de libertad en Chihuahua, lo que representaría una despresurización de nuestros penales llegando a tener una sobrepoblación de 8.6% y no de 20% como actualmente se cuenta.