La Cámara de Diputados aprobó que el Instituto Nacional de Migración (INM) pueda realizar revisiones migratorias a extarnjeros en todo el territorio mexicano, pese a que la Suprema Corte declaró que era inconstitucional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en 2022 que las revisiones en todo el territorio eran violatorias de los derechos humanos.
El dictamen establecía la derogación de los artículos 97 y 98 de la Ley de Migración. No obstante, ahora los legisladores argumentaron que es innecesaria la derogación, ya que el INM cuenta con protocolos para evitar la discriminación.
El artículo 97 establece que los agentes del Instituto podrán hacer la revisión en los lugares destinados al tránsito internacional de personas establecidas y también podrá hacer revisiones de carácter migratorio dentro del territorio nacional.
Este fue aprobado con 460 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones. El dictamen adiciona un tercer párrafo al artículo 97 de la Ley de Migración y ante la aprobación fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.
En el 2015 cuatro personas mexicanas de origen indígena fueron detenidos por parecer guatemaltecos, pese a que mostraron sus identificaciones. Ante esto se presentó un amparo cuya resolución fue tomada por la SCJN en el 2022.