Este miércoles 28 de julio del presente año, se resolvieron 08 juicios de inconformidad, de los cuales, se confirmaron los resultados de los Ayuntamientos de Nuevo Casas Grandes e Ignacio Zaragoza y la elección de diputación local por el principio de mayoría del Distrito Electoral 15.
Adicionalmente se resolvieron 07 procedimientos especiales sancionadores y un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía.
El expediente de clave JIN-316/2021, el Partido Acción Nacional, impugnó la elección del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes, el partido actor, hizo valer agravios relacionados con las causales previstas en el artículo 383, numeral 1), incisos a), b), c), e) y k) de la Ley, supuestos que corresponden a: la instalación de casillas en domicilio distinto al autorizado; entrega de paquetes electorales fuera de plazo; realización del escrutinio y cómputo en lugar distinto al autorizado; recepción de la votación por personas distintas a las facultadas por la Ley; así como, el impedir el ejercicio del voto, respectivamente.
En consecuencia, la Magistrada y los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, determinaron recomponer los resultados consignados en el acta de cómputo municipal y confirmar la declaración de mayoría y validez de la elección del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes.
En los Juicios de Inconformidad de clave JIN 332/2021 y sus acumulados JIN340/2021, JIN 345/2021 y JIN-347/2021, se confirmó, lo que fue materia de impugnación, la declaración de validez de la elección de diputación local por el principio de mayoría relativa del Distrito Electoral 15 y, como consecuencia, la No.11 constancia de mayoría y validez respectiva; así como se declaró la nulidad de la votación emitida en dos casillas, y se modificaron los resultados consignados en el acta de cómputo distrital.
Respecto al Juicio de Inconformidad 380 y sus acumulados 381 y 382 del presente año, los partidos Morena, Acción Nacional y Fuerza por México, impugnaron el cómputo municipal y la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría y validez de la elección del Ayuntamiento de Ignacio Zaragoza; el medio de impugnación se presentó por actos que pudieran constituir un rebase de tope de gastos de campaña, violencia o presión al electorado, así como que se permitió sufragar a gente que no contaba con su credencial de elector con fotografía o no estaban registradas en el listado nominal.
Al respecto, el Tribunal determinó infundados los agravios y confirmó los actos impugnados.
En los Procedimientos Especiales Sancionadores de clave PES-153/2021, PES211/2021, PES 280/2021, PES-418/2021 y PES-418/2021 se declararon inexistentes las infracciones denunciadas.
Por otra parte, en el expediente de clave PES 437/2021, declaró la existencia de la infracción atribuida a los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, por violaciones a la normatividad relativa a la propaganda electoral.
Y en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía de clave JDC-390/2021, se confirma, lo que fue materia de impugnación, la declaración de validez de miembros del Ayuntamiento de Juárez.
Finalmente, en el expediente de clave PES 428/2021 se determinó sobreseer el Procedimiento Especial Sancionador