El PIN PARENTAL tiene como objetivo Garantizar el Derecho Preferente de los padres a escoger el tipo de educación que habrá que darse a sus hijos.
Este Derecho viene plasmado en la Declaración Universal de Derechos Humanos en el artículo 26 fracción tercera:
“Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”
El Pin parental contempla la posibilidad de que los centros educativos (Escuelas y colegios) estén obligados a informar oportunamente a los padres de familia sobre los contenidos de las materias, charlas y talleres donde se imparta educación sexual y reproductiva.
Esto con el fin de que sean los padres de Familia quienes den autorización para que se les imparta dicha educación a sus hijos.
El Pin Parental también busca salvaguardar el Derecho que tienen los hijos de ser educados por sus padres atendiendo de esta forma al Interés superior del menor.
El Interés superior del menor es un principio reconocido en la Declaración de los Derechos del Niño en el número 7, párrafo segundo el cual señala:
“El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tiene la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe en primer término a los padres”
Es por ello que exhortamos al Honorable Congreso del Estado de Chihuahua a que apruebe sin demoras la iniciativa del Pin Parental presentada el 29 de enero del presente año.
Además, exigimos a Olga Sánchez Cordero, Secretaria de Gobernación de la Nación, que se abstenga de interferir en el ámbito legislativo de Chihuahua porque no es un área de su competencia.
Le pedimos que deje de atentar contra la patria potestad de los PADRES DE FAMILIA de nuestro país.
¡A mis hijos los educo yo! ¡Si al PIN PARENTAL!