Ante el fallecimiento por la contingencia sanitaria COVID-19, se ha detectado que algunas negociaciones incrementan costos; informa Secretaría de Salud que no es obligatoria la cremación
Gobierno del Estado vigila el actuar de las empresas que otorgan servicios funerarios en la entidad, a fin de evitar que se cometan abusos en los casos que involucren el deceso de personas con COVID-19.
Durante esta contingencia sanitaria se ha identificado que algunas negociaciones de este rubro se aprovechan del dolor, confusión y desconcierto que viven las familias luego de la pérdida de un ser querido, para elevar precios y forzar a las personas a contratar opciones innecesarios.
En ese sentido, se han registrado cobros por el uso de las bolsas biodegradables para el traslado de los cuerpos, así como por el trámite del Acta de Defunción, además se les obliga a realizar la cremación de la persona fallecida y a la compra de determinados ataúdes, cuestiones que aumentan considerablemente el valor de los servicios funerarios para los deudos.
Al respecto, la Secretaría de Salud del Estado de Chihuahua informa que las bolsas para el traslado de cadáveres se otorgan de forma gratuita a las funerarias, por lo que no deben generar costo extra.
Además, de acuerdo a los “Lineamientos de Manejo General y Masivo de Cadáveres por COVID-19 (SARS-CoV-2) en México” de la Secretaría de Salud Federal, será la familia la que decida si se lleva a cabo cremación o inhumación, por lo que no es obligatoria la incineración de cadáveres.
“Con la finalidad de limitar el riesgo de contagio por la concentración de personas en áreas pequeñas, la velación del cuerpo debe evitarse siempre que sea posible, y se solicitará a la familia el realizar la disposición final en forma inmediata” indica el documento.
La Comisión Estatal para la Protección Riesgos Sanitarios (Coespris) inspecciona que la velación de cada cuerpo sea menor a cuatro horas, y con la presencia de no más de 20 personas, se debe mantener el ataúd cerrado y garantizar las medidas higiénico-sanitarias y de sana distancia en la sala donde se lleve a cabo la ceremonia.
Se hace énfasis en el sentido de que la familia no debe tener contacto alguno con el cuerpo, y el proceso de velación tendrá que ser breve y bajo las medidas preventivas del el uso de cubre bocas.
Se pone a disposición el teléfono (614) 4148210 para denunciar a las funerarias que no cumplan con los protocolos establecidos en el acuerdo del Estado.
Referente al trámite del Acta de Defunción, la oficina del Registro Civil, informa que este documento se expide de forma gratuita, y es únicamente la impresión del mismo por lo que se pagan 50 pesos en uno de los 26 quioscos y oficinas de Recaudación de Rentas; cantidad determinada por el gobernador Javier Corral en el Acuerdo 064/2020 durante la contingencia sanitaria, ya que habitualmente el precio es de 100 pesos.
La dependencia estatal informa que los documentos de la persona fallecida que se solicitan para tramitar el Acta de Defunción son original o copia de: acta de nacimiento, identificación y en caso específico del acta de matrimonio, de defunción de cónyuge y/o divorcio si aplica.
La administración estatal se mantendrá alerta de los abusos que pudieran presentarse por parte de las funerarias y aplicará mano dura cuando se identifiquen o reporten arbitrariedades, por lo que se exhorta a dichas compañías, a no lucrar indebidamente ante esta situación.