Chihuahua

Pretende AMLO cancelar 690 millones de pesos a Chihuahua

La Presidencia de la República interpuso demandas ante la Suprema Corte de Justicia para que los municipios no cobren el Derecho de Alumbrado Público y el Estado deje de recabar el Impuesto Universitario

La Consejería Jurídica del Gobierno del Estado informó que da seguimiento a los dos recursos de reclamación que presentó ante la SCJN, luego de las acciones de inconstitucionalidad promovidas una a través de la Consejería Jurídica de la Presidencia y otra por medio de la Comisión Nacional de Derechos Humanos

Indicó que si se cancela el cobro, se generarían pérdidas millonarias; sólo entre los municipios de Juárez y Chihuahua dejarían de ingresar 470 mdp anuales y hasta 120 mdp para la Universidad Autónoma de Chihuahua

La eliminación de las contribuciones de Derecho de Alumbrado Público (DAP) y el Impuesto Universitario, generaría pérdidas millonarias para los municipios e instituciones de educación superior de Chihuahua, señaló el titular de la Consejería Jurídica de Gobierno del Estado, Jorge Espinoza Cortés.

Explicó que solo los municipios de Juárez y Chihuahua, dejarían de percibir anualmente 300 y 170 millones de pesos respectivamente, mientras que la Universidad Autónoma de Chihuahua (Uach), entre 100 y 120, por lo que se mantendrá la defensa de este derecho hasta sus últimas consecuencias.

La semana pasada, la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una acción de inconstitucionalidad en contra de la sobretasa del 4 por ciento que se destina a las universidades en Chihuahua.

Por su parte, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), presentó una acción similar en contra del cobro del DAP que aplican 60 municipios del estado, por considerar que viola las garantías individuales.

Espinoza Cortés señaló que desde que fueron interpuestos los dos recursos, la dependencia inició la defensa mediante recursos de reclamación en contra de la admisión de ambas acciones.

Dijo que el reclamo fue recibido por el ministro presidente Arturo Saldívar y va en el sentido de que dichas acciones de inconstitucionalidad fueron ilegales, toda vez que no se reunían los requisitos que establece la ley que regula esos recursos legales.

Agregó que ambos casos fueron turnados al ministro de la Segunda Sala, Javier Laynez Potisek, quien conoce el fondo legal del caso y será el encargado de revisarlos en cuanto a su procedencia, en un proceso que podría tardar un periodo de cuatro meses más.

El funcionario destacó que por el momento no existe una suspensión concedida por la SCJN respecto al cobro de ambas aportaciones, que seguirán pagando los contribuyentes.

El Impuesto Universitario es utilizado por las escuelas de educación superior en gasto corriente, construcción de infraestructura y capacitación; mientras que los recursos del DAP, son invertidos en los servicios que brindan los municipios a la ciudadanía, como el propio alumbrado.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *