Chihuahua

Buscan diputados garantizar prestación de servicios de guardería a madres y padres trabajadores en los turnos diurno nocturno o mixto


Los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura, solicitaron a las Secretarías de Desarrollo Social y de Innovación y Desarrollo Económico, ambas del Estado de Chihuahua; así como a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, tengan a bien generar políticas públicas, acuerdos y condiciones con las instituciones de seguridad social, empresas y organizaciones de la sociedad civil, a fin de garantizar la prestación de los servicios de guardería en favor de los hijos de la población trabajadora.

Además, se adiciona una fracción X al artículo 105 del Código Administrativo para el Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:

“Proporcionar servicio de guardería diurno, nocturno o mixto a hijas e hijos de las personas trabajadoras al servicio del Estado, durante las horas de su jornada laboral, que podrá realizarlo por sí o a través de terceros, siempre que se cumpla con las disposiciones que regulan dicha materia”.

La diputada Nadia Siqueiros, expuso en el Recinto Oficial del Poder Legislativo que mediante esta reforma, se avanzará en la consolidación del sistema jurídico del Estado de Chihuahua, en materia de la regulación de la prestación de los servicios de guardería, ya que se dará congruencia al contenido del Código Administrativo, en función de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Además, a la Ley de Centros de Cuidado Infantil del Estado de Chihuahua, que se expidió el 15 de marzo de este año.

Informó que los artículos 201 a 207 de la Ley del Seguro Social, regulan el ramo de guarderías que cubre el riesgo de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, del trabajador viudo o divorciado o de aquel al que judicialmente se le hubiera confiado la custodia de sus hijos, en los turnos matutino y vespertino, sin que se contemple el nocturno.

Comentó que por ello resultó indispensable remitir ante el Congreso de la Unión una iniciativa de decreto, para reformar los artículos 201 a 205 de la ley, para hacerla compatible con las disposiciones constitucionales y de los tratados internacionales.

También, se estimó necesario solicitar a las Secretarías de Desarrollo Social y de Innovación y Desarrollo Económico, ambas del Estado, así como a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).

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