El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Chihuahua resolvió por unanimidad de votos en la sesión extraordinaria urgente celebrada el 25 de junio del presente año, declarar procedentes las medidas cautelares solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional consistentes en la suspensión total de la difusión por cualquier medio del Concurso organizado por Gustavo Madero Muñoz y Rocío Reza Gallegos, mediante el cual se ofertó la entrega de una Tablet Ipad Pro, a quienes resultaran ganadores de la elaboración de un video en el que se expusiera un proyecto de productividad o de medio ambiente.
Lo anterior en virtud de que dicho concurso se consideró constitutivo de una probable infracción al artículo 209, numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ya que tal normatividad prohíbe entregar cualquier tipo de material en el que se oferte u otorgue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio; dejando además abierta la posibilidad de que se aplique diversa sanción por el Tribunal Electoral competente.
Por lo anterior, el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral ordenó la suspensión total del concurso y entrega del bien, al estimar que con ello se estaría coaccionando la libertad del voto por parte de los candidatos al Senado de la Republica propuestos por el Partido Acción Nacional, favoreciendo con ello ilegalmente su candidatura.
Lo anterior guarda especial relevancia si se considera que Gustavo Madero Muñoz y Rocío Reza Gallegos contienden para formar parte del Senado de la República, institución encargada de expedir leyes, por tanto, resulta incongruente que quienes pretenden formar parte del Poder Legislativo Federal, sean los primeros en violar la ley.